BANDO

martes, 8 de septiembre, 2020

8 de septiembre de 2020

El Alcalde de la Villa de Fitero, hace saber que:

El próximo día 12 de septiembre, sábado, hubiesen tenido que comenzar nuestras esperadas fiestas patronales en honor a la Virgen de la Barda. Pero de todos es sabido que las fiestas fueron suspendidas por acuerdo de Pleno Municipal.

📌 1.- Apelamos a la máxima responsabilidad de todos y cada uno de los vecinos de Fitero. Las fiestas no se celebrarán. Y las “no fiestas” tampoco pueden ser argumento para la organización de actividades paralelas, ni en espacios públicos ni en el ámbito privado.

📌 2.- Todos observamos, con preocupación, lo que ha pasado en nuestro entorno más próximo: la organización de actos privados en las “no fiestas” ha provocado que, en localidades próximas, se dispare alarmantemente el número de contagios. No nos gustaría tener que atravesar por esa situación, por lo que rogamos a todos los fiteranos el mayor de los compromisos, por la protección de la salud, individual y colectiva. Hazlo por ti y por los demás.

📌 3.- Recordamos que de acuerdo a la Resolución 598/2020, de 5 de agosto, del Director General de Salud:
a) “Los bares, cafeterías, restaurantes, bares especiales (…) deberán cerrar a las 00:00 horas, sin incluir en este horario de cierre el período de desalojo”.
b) “Reducir la actividad de las sociedades gastronómicas y peñas que deberán permanecer sin uso entre las 00:00 y las 6:00 horas”. (Recordatorio: estas sociedades gastronómicas y peñas deberán contar con licencia municipal de apertura y órgano de gestión debidamente constituido).

📌 4.- Recordamos que Gobierno de Navarra mantiene el cierre de “los cuartos” de acuerdo a la Orden Foral 35/2020 de 17 de julio.

📌 5.- De acuerdo al Decreto Foral 8/2020, de 17 de agosto, por el que se aprueban medidas extraordinarias para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19:
a) “Los establecimientos con actividad de bar, cafetería, restaurantes y terrazas deberán garantizar una distancia de 1,5 metros en el servicio en barra. También se garantizará la misma distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas con un máximo de 10 personas por mesa o agrupación de ellas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal”.

b) “Se prohíbe fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos 2 metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o similares”.

📌 6.- Se recuerda asimismo que los encuentros sociales en el ámbito privado deben limitarse a un máximo de 10 personas, cumpliendo en todo momento las medidas de protección dictadas por las autoridades sanitarias y que se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.

📌 7.- En virtud de las competencias que me confiere el Art. 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen, resuelvo la prohibición de celebraciones de convivencia y ocio (“botellón” y similares) en vía pública, la prohibición de hacer fuego en la vía pública, sacar sillas y/o mesas a las calles con el fin de celebrar almuerzos, comidas, cenas, entre los días 11 y 21 de septiembre. Los bares y restaurantes deberán respetar los espacios de terraza autorizados y deberán responsabilizarse del cumplimiento de las normas de seguridad establecidas.

Somos conscientes de que la situación epidemiológica se complica y a pesar de la tristeza que nos produce no poder celebrar nuestras fiestas, todos debemos vivir comprometidos con la protección de nuestra salud y la de todos los vecinos de Fitero.

¡Viva la Virgen de la Barda! ¡Viva Fitero!
Miguel Aguirre Yanguas
Alcalde de Fitero

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