PROHIBICIÓN TEMPORAL DE VEHÍCULOS A MOTOR POR PISTAS FORESTALES Y CAMINOS RURALES

Esta mañana se ha firmado la Orden Foral por la que el Ejecutivo prohibirá temporalmente la circulación de vehículos a motor, eléctricos incluidos, por pistas forestales y caminos rurales situados en suelo no urbanizable desde las 00:00 h del 12 de agosto hasta las 07:00 h del día 13 con motivo del eclipse.

Esta medida se enmarca dentro de la previsión de que, con motivo de este evento astronómico, la afluencia multitudinaria se dirija hacia zonas elevadas, espacios naturales, o entornos forestales, entre otros, a los que habitualmente se accede a través de la red de pistas forestales y caminos rurales. En este sentido, los vehículos a motor en estos lugares generan riesgos colectivos que, unidos a las condiciones meteorológicas de temperaturas extremas, estrés hídrico de la vegetación y elevados índices de riesgo de incendio forestal que caracterizan al periodo estival, son casuísticas que hacen imprescindible la adopción de medidas extraordinarias.

La Orden contempla excepciones esenciales para no lesionar los derechos de las personas residentes y sectores productivos. De esta manera, quedarán excluidos de la prohibición temporal el acceso de las personas a sus propiedades, a zonas de estacionamiento y observación debidamente habilitadas, a los alojamientos turísticos y establecimientos de hostelería legalmente autorizados, y a entornos urbanos y núcleos de población; el desarrollo de actividades profesionales agrícolas, ganaderas y forestales, y las actuaciones de emergencia, servicios públicos o interés general.

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