Tal como recoge la Orden Foral 118E/2023 de regulación del uso del fuego para la prevención de incendios forestales, queda prohibido hacer fuego desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre en suelo no urbanizable.
- Se incluyen los lugares habilitados para ello, tales como las barbacoas o cualquier otra instalación exterior y las áreas de descanso de las vías de comunicación. La prohibición afecta también a todos los utensilios generadores de calor o fuego, como el camping-gas.
- Por lo tanto, queda prohibido hacer uso de los asadores situados en el Barranco.